martes, 13 de octubre de 2009
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¿CUANTOS REPRESENTANTES CREES QUE CONSEGUIREMOS?
1,2,3 O 4
Podríamos ser super optimistas pero creo que poner 4 ya lo era.....
SER BUENOS, PERO NO TONTOS
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L’any 1987 es va crear l’empresa municipal Prestació de Serveis al Ciutadà SA. Aquesta societat té entre els seus objectius la gestió, la neteja i conservació de les dependències municipals, l’execució de tot tipus d’obres de construcció, de reparació, de manteniment de serveis i de jardineria . L’any 1995 l’Ajuntament va posar en marxa la campanya “Gavà neta els 365 dies de l’any” i, a partir d’aleshores, la recollida d’escombraries es fa diàriament, així com les tasques de neteja viària. A més, des de l’any 1992, aquesta empresa municipal ofereix als ciutadans el servei de recollida de trastos vells dels domicilis, dos cops a la setmana.
En el año 1987 se creó la empresa municipal Prestación de Servicios al Ciudadano S.A. Esta sociedad tiene entre sus objetivos la gestión, la limpieza y conservación de las dependencias municipales, la ejecución de todo tipo de obras de la construcción, de reparación, de mantenimiento de servicios y de jardinería. El año 1995 el Ayuntamiento puso en marcha la campaña “Gavá limpia los 365 días del año” y, a partir de entonces, la recogida de basura se hace diariamente, así como las tareas de limpieza viaria. Además, desde el año 1992, esta empresa municipal ofrece a los ciudadanos el servicio de recogida de trastos viejos de los domicilios, dos veces a la semana.
Entre que usan el dinero de los contribuyentes como quieren, para dirigir una empresa con 212 personas y que en vez de proporcionar las herramientas para que la gente pueda trabajar bien, prefieren fomentar el mal ambiente y el enfrentamiento, aparte de que no actualizan la descripción en la web del ayuntamiento de lo que es nuestra empresa PRESEC
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Aquí os dejo una noticia publicada en la prensa en Agosto de este año.
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los trabajadores a disfrutar de todos los días programados para sus vacaciones y a que no se les descuente ninguno si durante el periodo de descanso cayeran enfermos o sufrieran incapacidad temporal.
Así se establece en una sentencia del Supremo a raíz de un recurso presentado por el sindicato UGT de Madrid, que reconoce el derecho de los trabajadores a disfrutar de las vacaciones cuando estén programadas y cuando el empleado sufra una baja por enfermedad que se "solape en el tiempo" con el periodo reglamentario de descanso. En este caso, y según indica la sentencia, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de las vacaciones que hayan quedado pendientes mientras estuvo de baja.
El Supremo basa su fallo en que "el pleno disfrute del derecho a las vacaciones únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo".
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