L’any 1987 es va crear l’empresa municipal Prestació de Serveis al Ciutadà SA. Aquesta societat té entre els seus objectius la gestió, la neteja i conservació de les dependències municipals, l’execució de tot tipus d’obres de construcció, de reparació, de manteniment de serveis i de jardineria . L’any 1995 l’Ajuntament va posar en marxa la campanya “Gavà neta els 365 dies de l’any” i, a partir d’aleshores, la recollida d’escombraries es fa diàriament, així com les tasques de neteja viària. A més, des de l’any 1992, aquesta empresa municipal ofereix als ciutadans el servei de recollida de trastos vells dels domicilis, dos cops a la setmana.
En el año 1987 se creó la empresa municipal Prestación de Servicios al Ciudadano S.A. Esta sociedad tiene entre sus objetivos la gestión, la limpieza y conservación de las dependencias municipales, la ejecución de todo tipo de obras de la construcción, de reparación, de mantenimiento de servicios y de jardinería.El año 1995 el Ayuntamiento puso en marcha la campaña“Gavá limpia los 365 días del año” y, a partir de entonces, la recogida de basura se hace diariamente, así como las tareas de limpieza viaria. Además, desde el año 1992, esta empresa municipal ofrece a los ciudadanos el servicio de recogida de trastos viejos de los domicilios, dos veces a la semana.
Entre que usan el dinero de los contribuyentes como quieren, para dirigir una empresa con 212 personas y que en vez de proporcionar las herramientas para que la gente pueda trabajar bien, prefieren fomentar el mal ambiente y el enfrentamiento, aparte de que no actualizan la descripción en la web del ayuntamiento de lo que es nuestra empresa PRESEC
COMPAÑER@S
Os dejo un enlace a una noticia de 1998 que fue publicada en el Diario "El Mundo"
Aquí os dejo una noticia publicada en la prensa en Agosto de este año.
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los trabajadores a disfrutar de todos los días programados para sus vacaciones y a que no se les descuente ninguno si durante el periodo de descanso cayeran enfermos o sufrieran incapacidad temporal.
Así se establece en una sentencia del Supremo a raíz de un recurso presentado por el sindicato UGT de Madrid, que reconoce el derecho de los trabajadores a disfrutar de las vacaciones cuando estén programadas y cuando el empleado sufra una baja por enfermedad que se "solape en el tiempo" con el periodo reglamentario de descanso. En este caso, y según indica la sentencia, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de las vacaciones que hayan quedado pendientes mientras estuvo de baja.
El Supremo basa su fallo en que "el pleno disfrute del derecho a las vacaciones únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo".
Nunca se esta lo suficientemente informado.
Como dice uno de la tele. "Ser buenos, pero no tontos"